Pregunta a nuestro experto Pau Monserrat si hay que comprar piso antes de los cambios fiscales

Publicado 18 marzo 10 08:28 | flinflin 

Si está pensando en comprar un piso y cree que el tiempo juega a su favor, cuidado, porque los cambios fiscales que se producirán este año pueden compensar la posible caída del precio de los inmubles. Por un lado, el próximo mes de julio se producirá un aumento del IVA reducido que se abona al comprar una vivienda, desde el 7 al 8%, lo que encarecerá las viviendas una media de 2.000 euros. Por otro lado, el 1 de enero de 2011 ya no se podrá desgravar por la adquisición de la primera vivienda, lo que supondrá un fuerte castigo para las familias. ¿Es 2010 el año para comprar su vivienda?, ¿Hasta cuando caerá el valor de la vivienda? y ¿cómo afectarán los cambios de la fiscalidad de la vivienda?   

INVERTIA tendrá a partir de hoy jueves 18 de marzo un nuevo consultorio a disposición de todos aquellos que estén interesados en aclarar todas estas dudas. El servicio estará activo durante una semana, hasta el  25 de marzo

 

El encargado de responder a todas las cuestiones planteadas será el experto de Bankimia Pau Monserrat y lo hará a través de este nuevo blog de invertia. Para enviar tu pregunta no necesitas estar registrado en Invertia sino solo  mandar un comentario sobre el post.  Las preguntas o comentarios enviados serán publicados automáticamente y respondidas a diario por nuestro experto. Además,  todo el contenido será supervisado por el equipo de contenidos de Invertia.

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Comentarios

# JAIME Ha opinado el 18 marzo , 2010 10:53:

TENGO UNA CUENTA VIVIENDA Y ESTE AÑO VOY A COMPRAR UNA CASA.

EN EL IRPF DEL AÑO QUE VIENE, PUEDO DEDUCIRME EL MAXIMO, HASTA 9015 EUR POR COMPRA DE VIVIENDA HABITUAL Y A SU VEZ, OTROS 9015 EUR POR LAS APORTACIONES QUE HAGA ESTE MISMO AÑO,ANTES DE COMPRAR LA CASA, EN LA CUENTA VIVIENDA?

MUCHAS GRACIAS

# Nublo04 Ha opinado el 18 marzo , 2010 10:56:

Buenos días Pau,

Me gustaría preguntarte si la supuesta próxima subida del IVA sólo aplica a las viviendas nuevas. Si es usada, aplica el impuesto de transmisiones patrimoniales, que según creo, está transferido a las CCAA. ¿Hay alguna noticia sobre cambios en este impuesto? Gracias.

# edubon Ha opinado el 18 marzo , 2010 11:59:

Hasta que año se espera que sigan bajando las casas, los medios de comunicación indican que los precios se están estabilizando, incluso algunos indices han dejado de bajar. ¿Es posible que esto se deba solo a que la gente se esta apresurando a comprar porque este año termina la deducción? ¿Es posible que el año que viene vuelvan a caer los precios de las casas con fuerza?

# Rodolfo Ha opinado el 18 marzo , 2010 12:02:

Sr Monserrat, ¿usted cree que ya se ha producido un punto de inflexión en la compra de piso como sugieren algunos datos? ¿o cree que hay bajada de precios y de operaciones para rato? Gracias

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 18 marzo , 2010 12:02:

Apreciado Jaime,

Gracias por inaugurar el consultorio sobre la vivienda. Respondiendo a tu pregunta, en la declaración del año que viene, que corresponde al periodo 2010, podrás computar  9015 € a efectos de calcular la deducción por adquisición de vivienda habitual, si has ingresado esta cantidad o más en la cuenta ahorro vivienda. Pero este es el máximo anual.

En el 2011 desaparece esta deducción para rentas superiores a 24.107 €, pero tu caso es una excepción por estar aportando dinero a una cuenta ahorro vivienda.

El año 2011, por tanto, podrás seguir disfrutando de la deducción (declaración de IPRF que se presenta en el 2012).

Ver artículo 133 de:

http://www.economiasostenible.gob.es/wp-content/uploads/2009/12/2_4_anteproyecto.pdf

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 18 marzo , 2010 12:08:

Apreciado Nublo04,

Para este 2010 no, ya que nos les ha dado tiempo de contemplarlo en sus presupuestos.

Con toda seguridad, en el año 2011 si que las CC.AA. incluirán una subida del impuesto de trasmisiones (ITAJD) al 8%.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 18 marzo , 2010 12:16:

edubon y Rodolfo,

Os doy mi opinión sobre la evolución del precio de la vivienda, dejando claro que cualquier estimación es solo eso, ya que los economistas no somos adivinos, ni mucho menos.

Entiendo que la vivienda no empezará a subir hasta que la situación económica empiece a mejorar de forma estable y las entidades financieras hayan saneado sus balances y tengan liquidez para conceder hipotecas.

Esta conjunción no creo que se de hasta bien entrado el año 2011. Por tanto, hasta este momento el precio de la vivienda seguirá en descenso, moderado a medida que pasan los meses.

Pero esta respuesta no es la misma si lo que se pregunta es cuándo es un buen momento para comprar una vivienda. Si se desea comprar una vivienda como primera vivienda, mi opinión es que el mejor momento es finales de 2010, para poder aprovechar la deducción por adquisición de vivienda habitual.

# Luis Ha opinado el 18 marzo , 2010 12:29:

Mi mujer y yo tenemos un apartamento en propiedad,pero sin embargo lleva 20 años viviendo en el una persona que fue quien nos lo vendió y a cambio vivir en el sin pagar renta hasta que fallezca, mientras tanto vivimos en un piso alquilado.Ahora pensamos en comprar piso como bien indica antes de finales de 2010.

¿Se podría contemplar como primera vivienda y la correspondiente deducción por adquisición de vivienda habitual ?Un saludo y muchas gracias.

# Potencial comprador Ha opinado el 18 marzo , 2010 12:32:

¿Qué pasará con el ITP en julio de 2010, sube al igual que el IVA del 7% al 8%?

Gracias.

# temblique Ha opinado el 18 marzo , 2010 12:33:

Bueno, un matiz que os hago, en Madrid el ITP creo que ya es  del 8%, lo subieron hace años

# Carlos Ha opinado el 18 marzo , 2010 12:56:

Hola,

-Tengo una base imponible general inferior a los 24.107€ y mi mujer inferior a los 17.707€.

-Estamos en gananciales y hacemos declaraciones separadas.

-Mi mujer tiene una cuenta vivienda desde hace dos años por la cual se desgrava sólo ella ya que yo disponía de una vivienda antes de casarnos.

¿Me trae cuenta comprar la vivienda antes de que finalice el año o puedo esperar?

¿Qué diferencia habría entre las deducciones que me podría hacer ahora y las que me podría hacer después?

Gracias de antemano..

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 18 marzo , 2010 12:59:

Luis,

Por lo que cuentas, no hay ningún problema para que os deduzcáis la adquisición de vivienda habitual si la compra se hace en este año.

# Joan Ha opinado el 18 marzo , 2010 13:01:

Hola Pau, Este año he iniciado el proyecto de construcción de mi propia casa, que será mi primera vivienda. He firmado una hipoteca tipo autopromotor, en la cual me van dando el crédito según certificaciones. Teóricamente no será hasta el 2011 en el que se concluirá la vivienda con la consiguiente declaración de final de obra. La duda que me planteo es cómo me afecta el cambio de legislación en cuanto a deducción por compra de vivienda habitual, si no me afectará ya que la constitución de hipoteca ha sido en 2010 o sí lo hará ya que el final de obra será en 2011. Muchas gracias.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 18 marzo , 2010 13:07:

temblique,

Gracias por la puntualización pero creo que vas equivocado. Mira la web de la CC.AA. de Madrid:

www.madrid.org

El el apartado de IT dice:

¿Cuál es el tipo de gravamen en la modalidad sobre transmisiones patrimoniales onerosas?

El tipo de gravamen general que se aplica a la base imponible es el siguiente:

• El 7% en el caso de transmisiones de bienes inmuebles, así como la constitución y cesión de derechos que recaigan sobre los mismos sobre los mismos, salvo derechos reales de garantía.

• El 4% en el caso de transmisión de bien inmueble que vaya a constituir la vivienda habitual de una familia numerosa, siempre que se cumplan simultáneamente los  siguientes requisitos:

-Que el sujeto pasivo sea titular de una familia numerosa.

-Que el inmueble constituya la vivienda habitual  de la familia numerosa de la que  sea titular el sujeto pasivo. Se considerará vivienda habitual la que se ajusta a la definición y requisitos establecidos por la normativa del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas.

-Que, en el supuesto de que la anterior vivienda habitual fuera propiedad de alguno de los titulares de la familia numerosa, la misma se venda en el plazo de dos años anteriores o posteriores a la adquisición de la nueva vivienda habitual. No será exigible este requisito cuando se adquiera el inmueble contiguo  a la vivienda habitual para unirlo a ésta, formando una única vivienda de mayor superficie.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 18 marzo , 2010 13:08:

Potencial,

IT no subirá hasta el año que viene, ya que tiene que aprobarse en los Presupuestos Generales.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 18 marzo , 2010 13:36:

Carlos,

Si la vivienda que tienes en propiedad es vuestra vivienda habitual, en principio, no podrías acogerte a la deducción por vivienda habitual (la compra sería una segunda residencia, no una vivienda).

Te aconsejo llevar la documentación a un asesor fiscal, ya que según ella las consecuencias fiscales son unas u otras.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 18 marzo , 2010 13:41:

Joan, podrás beneficiarte de la deducción a partir del 2011 en base a lo que dice el art. 133 del anteproyecto de ley http://www.economiasostenible.gob.es/wp-content/uploads/2009/12/2_4_anteproyecto.pdf :

Los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 17.724,90 euros anuales que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2011 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma, tendrán como base máxima de deducción respecto

de dicha vivienda la establecida en el artículo 68.1.1º de esta Ley en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2010, aún cuando su base imponible

sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales.

# eduardo Ha opinado el 18 marzo , 2010 17:37:

Tengo una cuenta de ahorro vivienda y la tengo que liquidar este año 2010.

Suponiendo que tengos ingresos superiores a los 24107,50 €

Tengo 4 opciones:

1) No comprar y devolverle a hacienda las deducciones con sus intereses correspondientes.

2) Adquirir una vivienda de segunda mano y pagar un 8% de ITAJD.

3) Adquirir una vivienda de primera mano finalizada y pagar un 7 % de IVA ( si lo hago antes del 1/07/2010, si no un 8%)

4) Adquirir una vivienda sobre plano a entregar dentro de 2 años.

¿ Si compro sobre plano me mantendrían las deducciónes por vivienda habitual por considerarase una obra en construcción, y no se aplicaría el cambio de ley de 2011?

¿ Si esa vivienda que compre la destino al alquiler ( opcion 2 y 3) , estaré cometiendo alguna ilegalidad desde el punto de vista de las deducciones por la cuenta de ahorro vivienda?

un saludo y gracias

# Pinog Ha opinado el 18 marzo , 2010 18:56:

Quiero vender mi casa para comprarme otra mas pequeña y barata ( también comprar otra a mi hija)

La escriture en feb del 92 por 28 millones de pesetas, quiero venderla en 140 millones en este año

¿ Cuanto tengo que pagar a hacienda supuesto que mi nueva casa la adquiera por 60 millones de pesetas?

Muchas gracias

# jud Ha opinado el 18 marzo , 2010 19:35:

Compré mi casa en 2006 sobre plano y firmé la compra en enero 2008. He estado desgravando vivienda desde 2006 por las aportaciones realizadas. Ahora quiero vender esta primera vivienda para comprarme otra, mi pregunta es que si al no haber pasado 3 años desde la compra venta de la vivienda(porque imagino que cuenta desde 2008 y no desde 2006), si al vender tendria que devolver la cantidad desgravada desde 2006, aunque me compre otra primera vivienda este mismo año. Saber si hay alguna forma de permuta o algo parecido para no tener que devolver la desgravación.

Gracias.

# Javier Ha opinado el 18 marzo , 2010 19:56:

En el 2006 abrí una Cuenta Vivienda por la que llevo desgrabándome desde entonces. En la declaración de este año 2010, correspondiente al 2009, será mi 4º Año.

En 2008 me apunté a una Cooperativa en la que llevo aportando dinero desde entonces, aunque en principio hasta 2011 o 2012 no me entregan la vivenda; sin embargo seguí desgrabándome por la Cuenta Vivienda en vez de por las aportaciones en la Cooperativa.

Ahora se me plantean varias dudas en la declaración del 2011 correspondiente al año fiscal 2010,

1.-¿Cómo tengo que hacerla? ¿Puedo seguir desgrabándome por las aportaciones a la cooperativa?, y si es así ¿Cuándo se considera que es la fecha de compra? 2008 que es cuando me apunté a la Cooperativa o cuando me la entreguen?

2.-Si se considera la fecha de compra el 2008. He hecho mal las declaraciones de estos años? Hay alguna forma de regularizarlo?

3.-Me afecta en algo el cambio de la norma respecto a las Deducciones por la compra de la Vivienda en función de la Base Imponible?

Muchas gracias y disculpas por la gran cantidad de preguntas planteadas.

# Pau A. Monserrat Bankimia y Futur Finances Ha opinado el 18 marzo , 2010 22:15:

Apreciado Eduardo,

Si compras sobre planos, en principio, parece ser que se va a poder disfrutar de la deducción, si bien hasta que no se apruebe la Ley nada es seguro al 100%

En cuanto a alquilar la vivienda, si lo haces no será tu vivienda habitual y fiscalmente no podrías aplicarte ninguna deducción

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 19 marzo , 2010 14:30:

Pinog,

La duda que nos planteas es sobre la tributación de un incremento patrimonial producido al vender una vivienda y sobre reinversión de vivienda habitual al comprar una nueva.

Este foro no tiene vocación de suplir la función de los que te remito. En todo caso como comentario general que sirve para todo el mundo:

Los incrementos de patrimonio tributan en el 2010 al 19% para los primeros 6.000 euros de ingresos y al 21% a partir de esta cantidad (de la diferencia entre valor de compra y gastos y valor de venta).

http://www.actibva.com/blog/2009/09/29-cambios-en-la-tributacion-en-las-rentas-del-ahorro-para-el-2010

La exención por reinversión en vivienda habitual se rige por:

Las ganancias patrimoniales obtenidas en la transmisión de la vivienda habitual  del contribuyente pueden resultar exentas, cuando el importe total obtenido por la transmisión se reinvierta en la adquisición de otra vivienda habitual o en la rehabilitación de aquella que vaya a tener tal carácter .

Cuando para adquirir la vivienda habitual transmitida el contribuyente  hubiera utilizado financiación ajena, se considerará como importe total obtenido en la transmisión, el valor de transmisión, en los términos previstos en la Ley del Impuesto, menos el principal del préstamo pendiente de amortizar

En tu caso, que no reinviertes el total:

   *  Reinversión parcial.

En el caso de que el importe de la reinversión fuera inferior al total obtenido en la enajenación, solamente se excluirá de gravamen la parte proporcional de la ganancia patrimonial que corresponda a la cantidad efectivamente reinvertida en las condiciones señaladas anteriormente.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 19 marzo , 2010 14:32:

Una pregunta interesante jud,

Los 3 años computan desde que empiezas a residir en tu vivienda habitual. Si la vendes antes, vas a tener que devolver lo deducido a Hacienda más los intereses de demora, salvo que sea por las siguientes razones:

A efectos fiscales, se considera vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años.  No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual, cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o  concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio , separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo  o cambio de empleo u otras análogas justificadas.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 19 marzo , 2010 14:37:

Javier,

Tu pregunta es demasiado compleja para resolvertela en este foro sin tener la documentación delante.

Te aconsejo acudas a tu asesor fiscal, ya que la duda que planteas es ciertamente interesante pero fuer del ámbito de este consultorio.

Decirte que por lo que dices, has excedido el límite para adquirir una vivienda con aportaciones a cuenta ahorro vivienda y, a priori, deberías devolver estas cantidades más los intereses de demora, pero te aconsejo acudir a tu asesor fiscal.

# CODE Ha opinado el 19 marzo , 2010 14:52:

Me gustaria saber si ya es seguro 100% que se vaya a eliminar la deduccion de vivienda a partir de 2011, porque que yo sepa a dia de hoy solo hay un anteproyecto y no entiendo a que esperan a comfirmar o no este anteproyecto.

También queria preguntar si la eliminación de la deducción de vivienda habitual también afectaría a la gente que cambie de residencia habitual (que tenia adquirida antes de 2011), o solo se elimina a los que adquieran su primera vivienda habitual.

Y por último saber que si alquilas tu vivienda habitual en el segunda año de adquirirla, tienes que devolver los años anteriormente deducidos?

# code Ha opinado el 19 marzo , 2010 14:58:

Me gustaria saber si la eliminación de la deducción de vivienda a partir de 2011 es ya seguro, pq se habla como si ya fuera seguro y que yo sepa es un anteproyecto que no sé a que esperan a confirmar.

También saber si la eliminción de dicha deducción afecta también a los que ya tienen adquirida su vivienda habitual antes de 2011 y en el futuro cambian de vivienda habitual, o sólo afecta a los que compran su primera vivienda habitual.

Por último saber si en el caso de alquilar tu vivienda habitual en el segundo año de la adquisición, tienes que devolver lo deducido anteriormente?

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 19 marzo , 2010 15:39:

Buenas preguntas Code,

La eliminación de la deducción no entrará en vigor hasta que se apruebe la Ley, de momento es un anteproyecto, como bien dices, si bien es prácticamente seguro que se mantendrá su eliminación al aprobarse la ley.

Los que cambien de vivienda después de 2011, seguramente ya no tendrán derecho a deducción si su renta supera los 24.000 euros, pero tendremos que esperar a ver lo que regulan definitivamente.

Si alquilas tu vivienda habitual, dejará de serlo, por lo que deberás devolver lo deducido más los intereses de demora (si Hacienda lo detecta).

# judith Ha opinado el 20 marzo , 2010 11:25:

Mi pregunta es sobre la compra de un terreno para edificar casa. Si se compra antes de final de 2011, como funcionaria el tema de la desgravación? Imagino que habrá que empezar a construir antes de que acabe el año, pero si terminas la casa después de 2011 como afectaria al tema de la desgravación. Tengo entendido que tienes cuatro años para terminar la construcción. Podrias confirmarmelo.

Gracias

# Pau A. Monserrat, economista Bankimia y Futur Finances Ha opinado el 20 marzo , 2010 16:49:

Judith,

A tenor de lo que dice en el art. 133 del Anteproyecto de Economía Sostenible, que podría sufrir modificaciones en su tramitación parlamentaria:

"Disposición transitoria decimoctava. Deducción por inversión en vivienda

habitual adquirida con anterioridad a 1 de enero de 2011.

1. Los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 17.724,90 euros

anuales que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de

enero de 2011 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la

construcción de la misma, tendrán como base máxima de deducción respecto

de dicha vivienda la establecida en el artículo 68.1.1º de esta Ley

En principio, entiendo que si en el 2010 empiezas la construcción de la vivienda y éstas será tu vivienda habitual, podrás disfrutar de la deducción.

# María Ha opinado el 21 marzo , 2010 9:16:

Buenos días Pau:

Tengo una segunda residencia en la costa, alquilada en la actualidad. En Junio finaliza el contrato de alquiler y nos estamos planteando venderla.

El problema es que en la misma urbanización hay mucha oferta y han bajado los precios considerablemente y tenemos miedo de que baje mucho más y no se recupere a medio plazo.

Quisiera pedirte tu opinión personal sobre si deberíamos vender este año aunque sea perdiendo dinero (unos 30.000€) o deberíamos esperar a que la situación se recupere.

Muchas gracias por tu atención

# María Ha opinado el 21 marzo , 2010 9:16:

Buenos días Pau:

Tengo una segunda residencia en la costa, alquilada en la actualidad. En Junio finaliza el contrato de alquiler y nos estamos planteando venderla.

El problema es que en la misma urbanización hay mucha oferta y han bajado los precios considerablemente y tenemos miedo de que baje mucho más y no se recupere a medio plazo.

Quisiera pedirte tu opinión personal sobre si deberíamos vender este año aunque sea perdiendo dinero (unos 30.000€) o deberíamos esperar a que la situación se recupere.

Muchas gracias por tu atención

# Joaquín Ha opinado el 21 marzo , 2010 11:24:

Buenos días Pau,

La duda planteada por mi parte es que a finales de 2009 abrí una cuenta vivienda. Recientemente, leí que a partir de 2011 se eliminará la deducción por cuenta vivienda y tendrá carácter retroactivo, es decir, aunque haya empezado a deducirme antes que se elimine, me veré igualmente afectado.

¿Me podrías confirmar que es esto cierto? o ¿podría aplicarse la misma situación que para la compra de vivienda?es decir, que si la compras antes de 2011, la deducción permance...

Contemplemos renta superior a 24.000€.

Un saludo.

# Pau A. Monserrat, economista Bankimia y Futur Finances Ha opinado el 21 marzo , 2010 13:53:

Apreciada María,

Aconsejarte sobre una decisión tan importante es muy difícil, ya que, en el fondo, es una decisión que implica mucho dinero y no tengo toda la información necesaria. Pero voy a tratar de darte mi opinión:

Ante todo debes averiguar los precios de viviendas similares que están ahora mismo en venta (tan simple como llamar y visitarlas como si fueras una compradora interesada). Ya sabrás el precio que puedes pedir. Si se ajusta a los mínimos marcados por ti, ya sabes que está en precio de mercado.

En cuanto a vender con pérdidas, no es nunca una decisión agradable. Si puedes pagar sin problemas la segunda residencia, yo no vendería a pérdidas. Si, en cambio, ves que no puedes hacer frente a la hipoteca o bien necesitas liquidez, no es nada malo vender.

De todas formas, yo miraría de alquilarla otra vez, si tienes posibilidad. Piensa que aunque quieras vender, hoy en día se tarda mucho por como está el mercado y la poca financiación que dan los bancos.

Suerte con tu decisión y ya sabes dónde nos tienes si quieres preguntar algo más.

# Pau A. Monserrat, economista Bankimia y Futur Finances Ha opinado el 21 marzo , 2010 13:55:

Joaquín,

La ley aun no se ha pasado el trámite parlamentario, por lo que nada es seguro del todo. Pero, a tenor del anteproyecto, creo poder anticipar que con mucha probabilidad podrás beneficiarte de la deducción si adquieres en el 2011, a pesar de tu renta.

# Luis P. Ha opinado el 21 marzo , 2010 16:45:

Buenas tardes, pau,

Quisiera saber si también se va a ver afectada por el cambio en la normativa fiscal, la exencion por reinversion en vivienda habitual a partir de 2011.

Atentamente,  Luís del P.

# elisa29 Ha opinado el 22 marzo , 2010 8:53:

vamos a comprar un piso mi novio y yo, ya toca, pero estamos entre dos, uno de ellos ni han empezado a co nstruir... pero el otro está en marcha y el mes que viene ya nos harían el contrato y tal. el q no han empezado vale dos millones menos y más grande, pero tb nos urge, que nos recomiendas? contamos con los dos pisos al conocer a ambos promotores

gracias

# ALEX Ha opinado el 22 marzo , 2010 9:06:

HASTA CUANDO DURARAN LAS FUERTES RESTRICCIONES QUE PONEN LOS BANCOS, A LA HORA DE CONCEDER HIPOTECAS???

# Manuel Ha opinado el 22 marzo , 2010 9:53:

Hola buenos dias Pau.

Mi pregunta seria, segun usted seria bueno comprar este año, pero sabriamos cuando van a sacar los bancos su stock de viviendas que tienen en su poder, porque eso haria que la oferta de viviendas en el mercado seria mayor que la demanda y asi bajarian los precios y harian que los promotores que aun estan manteniendo los precios los bajasen, pero para ello los bancos se tienen que ver en apuros, eso pasaria?

# Joan Ha opinado el 22 marzo , 2010 10:07:

El incremento del IVA del 7 ql 8% es solo para vivienda nueva. En vivienda de segunda mano el impuesto es el ITP y seguirá en el 7% mientras las administraciones locales no decidan cambiarlo. Por otra parte la deducción fiscal máxima es de unos 1.500 €/año, que para una hipoteca de 30 años puede llegar a 45.000 €. Para pisos pequeños o fuera de las urbes quizás si sea interesante pero para un piso en las grandes ciudades este valor queda insuficiente y en mi humilde opinión por debajo de lo que tienen que bajar los pisos para que estos sean accesibles y se absorba el incesante numero de viviendas a la venta. Para mi es todo una estrategia política-empresarial para que compremos y los bancos hagan caja. Deberíamos hacer todos piña y no comprar ni un piso hasta que estos bajen un 30-40% de golpe y se adecue a nuestro nivel salarial y capacidad de endeudamiento. Saludos.

# Eva María Ha opinado el 22 marzo , 2010 10:49:

Estoy totalmente de acuerdo con Joan. Me parece una tomadura de pelo la estrategia que están llevando el gobierno, los bancos (sobre todo las cajas) y algunas de las tasadoras más importantes de este país como Tinsa, que lejos de hacer tasaciones independientes, está participada por las Cajas de Ahorros - las entidades con mayor nivel de morosidad-

Pau, ¿qué opinas sobre esto? ¿hasta cuando crees que se va a sostener el precio de la vivienda artificialmente? ¿crees que antes de que las entidades financieras se vean obligados a deshacerse de su stock alguien propondrá cambiar las normas contables de las entidades? ¿tiene algo que ver en el ajuste del mercado inmobiliario las elecciones generales de 2012?

Por favor, danos tu opinión sincera porque aquí, sí que está verdaderamente la clave del asunto.

Muchas gracias por tu anticipado.

# sojavier Ha opinado el 22 marzo , 2010 11:01:

mis dudas:

-yo tengo pagado la entrada de una casa hasta el dia de firma de hipoteca ,los motivos fueron

incumplimiento de plazos y muchas cosas puestas en contrato que incumplieron.

Estoy con abogados y reclamo las cantidades abonadas mas interes legal correspondiente todo esta con justificantes con lo cual no hay dinero en B.

El primer juicio lo hemos ganado contra SEIF residencial estamos a esperas de el segundo con la Audiencia provincial,si gano me devolverian dinero si pierdo me quedaria con la casa y el iva que iva pago yo el 7% porque la compre 2006 no...

y claro si me devuelven el dinero tendre que comprarme otra casa esta vez si que al 8% porque antes de 2011 no se si resolvera todo esto

y ya no me desgravo como va eso....

gracias un saludo

sojavier

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 22 marzo , 2010 13:46:

La exención por reinversión en vivienda habitual, dice el antepoyecto:

Cuando la enajenación de una vivienda habitual hubiera generado una

ganancia patrimonial exenta por reinversión, la base de deducción por la

adquisición o rehabilitación de la nueva se minorará en el importe de la

ganancia patrimonial a la que se aplique la exención por reinversión. En este

caso, no se podrá practicar deducción por la adquisición de la nueva mientras

las cantidades invertidas en la misma no superen tanto el precio de la anterior,

en la medida en que haya sido objeto de deducción, como la ganancia

patrimonial exenta por reinversión.

De su lectura no queda claro si se mantiene para rentas medias-altas o no. Entiendo que si se podrá aplicar a las viviendas adquiridas antes de 2011, pero no lo puedo asegurar. A ver como se concreta en la Ley

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 22 marzo , 2010 13:47:

elisa29,

Lo que te recomiendo es que mires en el einforma.com o similar la solvencia de ambas promotoras, antes de comprar sobre planos.

Y exige el aval bancario que deben darte por las cantidades dadas a cuenta.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 22 marzo , 2010 13:52:

Alex,

Durará hasta que limpien sus balances. Es decir, que vendan las viviendas que se han adjudicado, devuelvan los préstamos solicitados al mercado internacional y la mora empiece a remitir.

Antes de el año 2011, lo dudo bastante.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 22 marzo , 2010 13:55:

Manuel,

Tal vez el año que viene los bancos se decidan a vender barato sus inmuebles, es muy posible. Pero piensa que si pueden aguantar, van a intentar sacar lo mínimo a precios bajos.

Yo, desde luego, no compraría este año si se puede esperar. Pero tampoco podemos saber hasta que punto bajarán los precios de la vivienda y si nos va a compensar esperar.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 22 marzo , 2010 13:56:

Joan,

Tienes razón.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 22 marzo , 2010 13:58:

Eva María,

Brillante pregunta que no puedo contestar con una brillante respuesta.

En teoría si que la banca debería verse obligada a vender con descuentos del 30-40% las viviendas embargadas (perdiendo dinero para adquirir liquidez).

Pero creo que, al final, el Gobierno les ayudará de alguna forma para que no se vean obligados a aflorar todas sus pérdidas. Pero eso no lo podemos saber, no tengo información de primera mano.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 22 marzo , 2010 14:01:

sojavier,

Tu mismo te has respondido.

Si compras en el 2011 pagarás el IVA al 8% y si tu renta es superior a los 24.107 euros no podrás beneficiarte de deducción alguna.

# elo Ha opinado el 22 marzo , 2010 20:18:

Buenas Javier,

Me ofrecen una casa contruida al 50 por cien. Si yo compro ahora me gustaria saber primero si tengo que pagar ITP o IVA, y si pagaría en la compra o al finalizar la obra.

También me gustaria saber si me la podria deducir porque logicamente el final de obra seria despues de 2011, y cuanto tiempo tengo para terminarla, si tendría 4 años como cuando empiezas una construcción o tendría 4 años desde que se empezo la obra.

gracias

# Jorge Ha opinado el 22 marzo , 2010 23:16:

Tengo una cuenta vivienda que vence en 2011. Si compro casa este año entiendo que me podré desgravar durante toda la vida de la hipoteca.

Si la compro en 2011 entiendo que no tendré desgravación de ahí en adelante pero tampoco me harán devolver lo que me he desgravado hasta ahora.

Si compro en 2012 o más tarde, ¿me harán devolver lo que he desgravado hasta ahora?

Saludos

# manuel Ha opinado el 23 marzo , 2010 0:02:

hola pau.

Hablando en plata, diferencia del dinero por la compra de un piso en 2010 y otro en 2011, suponiendo un precio de unos 120.000€ (barato eh), cobrando tanto ahora como el año que viene menos de 24.000€.

gracias

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 23 marzo , 2010 11:14:

manuel,

Supongamos que compramos en el año 2010:

La deducción depende de los gastos de adquisición; supongamos que los gastos pagados en el año 2010 son de 9.015 €, deducción aplicable en el año: 15%*9.015 € = 1.352 €, deducción que se minora de la cuota íntegra.

En el 2011 tendríamos derecho, en base  a lo que dice el anteproyecto, a seguir beneficiándonos de la deducción.

La deducción en el 2011 se podrá seguir aplicando independientemente de la renta, y sería de: 9.040 € (máximo de la base)*7,5% =678 €

Si se compra a partir de 2011, dependerá de la renta si se puede o no aplicar la deducción de 678 €.

# Dalamar Ha opinado el 23 marzo , 2010 11:31:

Si yo fuese el que vende una vivienda pensaria... el que quiera comprar va a comprar antes de que se termine la deduccion fiscal y si no lo hace para entonces, menos va a comprar despues, por lo tanto iria bajando el precio segun llega la fecha.

http://www.dalamarblog.com/

# elo Ha opinado el 23 marzo , 2010 16:36:

Buenas Javier,

Me ofrecen una casa contruida al 50 por cien. Si yo compro ahora me gustaria saber primero si tengo que pagar ITP o IVA, y si pagaría en la compra o al finalizar la obra.

También me gustaria saber si me la podria deducir porque logicamente el final de obra seria despues de 2011, y cuanto tiempo tengo para terminarla, si tendría 4 años como cuando empiezas una construcción o tendría 4 años desde que se empezo la obra.

gracias

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 23 marzo , 2010 18:53:

Apreciada elo, imagino que me preguntas a mi, verdad?

Los pagos a cuenta hasta la entrada en vigor de la subida del IVA van al 7%.

A partir de la subida, tributarán al 8%

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 23 marzo , 2010 19:02:

Jorge,

Se supone, por que la Ley aun no se ha aprobado, que si no compras antes de 2011 no podrás beneficiarte de deducción alguna si cobras más de 24.000 euros. Lo de las cuentas ahorro vivienda dan un plazo de 4 años para materializar la compra, con una ampliación por razones de la crisis :

http://www.plane.gob.es/ampliacion-del-plazo-para-materializar-la-cuenta-ahorro-vivienda/

Probablemente den un plazo a los ahorradores de cuentas vivienda para poder materializar la compra en el 2011 y beneficiarse de la deducción, pero hoy no te lo puedo asegurar.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 23 marzo , 2010 19:03:

Dalamar, no vas muy desencaminado.

# cristina desde la rioja Ha opinado el 23 marzo , 2010 21:17:

hola Pau Monserrat y muchisimas gracias por anticipado.

Como me he leido todos los comentarios hasta ahora, ya tengo mas o menos claro lo que te iva a preguntar, pero aun asi te lo pregunto por si hay algun caso parecido y siempre viene bien.

El tema es que mi novio tiene un terrenito para hacernos una casa. Yo soy la que tengo cuenta vivienda y me cumple el 30-12-2010 por lo tanto tengo que gastarlo. Entiendo que si le compro la mitad del terreno con el dinero que tengo en la cuenta vivienda para hacernos la casa es dedicarlo a vivienda habitual. Y despues me quedarian 4 años para hacerla y entrar a vivir ¿no?.

Pongamos que le compro el terreno a 20-12-2010.

Ya se que la ley esta pendiente de aprobar, pero si queda como se cree y estais comentando; ¿podria deducirme el total de lo que cueste la casa contando que la ire pagando con una hipoteca mas o menos 9.000 euros al año por haber comprado el terreno antes del 1-1-2011?

# cristina de la rioja Ha opinado el 23 marzo , 2010 21:53:

perdon, he querido decir el porcentaje del 15% sobre el total de la casa claro; no todo el coste.

gracias

# cristina de la rioja Ha opinado el 23 marzo , 2010 21:56:

bueno y he puesto iba del verbo ir con ¨v¨. Con la movida que hay sobre la subida del IVA se me ha ido el subconsciente

# Enrique Ha opinado el 24 marzo , 2010 0:43:

Hola Pau,

Gracias por tus respuestas! Yo quería preguntarte al respecto de la financiación de compra.

Tengo dos alternativas de bancos que ya me han concedido la hipoteca, y quisiera saber cual crees tú que sería mejor opción.

Hablamos de un piso tasado en la actualidad en 510.000 euros. Ya tengo el contrato de arras firmado con un precio de compra venta de 450.000 y donde he dado 25.000 de señal.

Todavía tengo disponibles otros 65.000, repartidos entre cuentas, fondos y acciones.

Un banco me ofrece el 100% del precio de compra venta, pero me solicita un aval libratorio por el 30%. El aval sería pignorar un plan de pensiones de un familiar. Las condiciones serían 40 años de plazo con un diferencial con Euribor de 0,35% y un enganche del 2,5% el primer año. Y con comisiones del 0,5% por cancelación anticipada.

El segundo banco me ofrece el 80% de la tasación, sin necesidad de aval y las condiciones serían 40 años, un diferencial con Euribor de 0,37% y un enganche del 2,75% los seis primeros meses. Sin comisiones de cancelación.

Ambas hipotecas son sin suelo ni techo.

La primera opción es interesante porque no necesitaría hacer desinversiones de otros activos (que me rentan más que el precio del prestamo) y tendría un diferencial ligeramente mejor. En cambio, la segunda la veo mejor por el tema del aval y de las comisiones de cancelación.

¿Cuál crees tú que debería elegir?

Un saludo,

Enrique.

# pagumo Ha opinado el 24 marzo , 2010 11:58:

Hola Pau,

Actualmente tengo una hipoteca por vivienda habitual comprada  de soltero en el 2002 e y desgravandome el maximo de 9018 Euros.

Quiero venderla y comprar dos pisos anexos( letras A y B) para hacer sólo uno. Es posible desgravarse la totalidad del préstamo hipotecario, o sólo puedo desgravar la cantidad correspondiente un piso como vivienda habitual.

¿Cual sería la forma más conveniente de hacer la operación considerando que estoy casado en régimen de separación de bienes?

# Esmeralda Ha opinado el 24 marzo , 2010 12:59:

Hola Pau,

estoy muy indignada y quisiera saber tu opinión.

Hoy sale la noticia de que el gobierno piensa estudiar los criterios de inembargabilidad de las hipotecas. (http://www.finanzas.com/noticias/economia/2010-03-24/262028_economia-estudia-ampliar-criterios-inembargabilidad.html)

Luego, los bancos se quejarán y les tendrán que relajar las normas contables y aquí sin producirse el ajuste que encualquier país serio ya se ha producido y están en senda de crecimiento.

Vamos a ver, ¿a qué estamos jugando? Está claro que al gobierno no le conviene que se produzca el ajuste antes de las elecciones del 2012, ¿no crees?

De verdad, esto es una tomadura de pelo a todos los ciudadanos y, mientras tanto, hablando sólo de Belén Estaban y Cristiano Ronaldo en la tele para que no nos demos cuenta de lo que se cuece en la sombra..

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 24 marzo , 2010 13:13:

Apreciada Cristina,

A tenor de la lectura del anteproyecto, entiendo que si compras la mitad del terreno y empiezas los trámites para la construcción (licencia de obras y demás) podrás deducirte en base a los 9.040 euros que dice, independientemente de tu renta.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 24 marzo , 2010 13:16:

Enrique,

Como tu bien dices, ambas opciones hipotecarias tienen sus pros y sus contras.

Con la información que me das no puedo darte una respuesta. Solo que ambas hipotecas son muy buenas.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 24 marzo , 2010 13:19:

pagumo,

La compra de la nueva vivienda podrá estar exenta de tributar por la ganancia patrimonial según valores de compra. Pero no vas a poderte deducir cantidades por adquisición de una nueva vivienda habitual de la misma forma que lo venías haciendo, en base al siguiente límite:

Cuando la enajenación de una vivienda habitual hubiera generado una

ganancia patrimonial exenta por reinversión, la base de deducción por la

adquisición o rehabilitación de la nueva se minorará en el importe de la

ganancia patrimonial a la que se aplique la exención por reinversión. En este

caso, no se podrá practicar deducción por la adquisición de la nueva mientras

las cantidades invertidas en la misma no superen tanto el precio de la anterior,

en la medida en que haya sido objeto de deducción, como la ganancia

patrimonial exenta por reinversión.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 24 marzo , 2010 13:22:

Esmeralda,

A estas alturas de la crisis, las familias con rentas menores ya han visto embargar sus viviendas.

Y la banca no va a permitir que se lleve a cabo un cambio legislativo de este calibre sin presentar batalla.

Me temo que es una cortina de humo, nada más.

Es mi opinión personal, claro.

# Pablo Ha opinado el 24 marzo , 2010 14:50:

La duda que me asalta es que ocurre si abro una cuenta-vivienda en este año 2010. ¿Cuando dentro de cuatro años me compre una vivienda se contemplará la desgravación de los tres años en que he estado ahorrando y de la compra de la vivienda?

# cristina de la rioja Ha opinado el 24 marzo , 2010 15:42:

muchas gracias pau y que pases una buena semana santa.

# ana Ha opinado el 24 marzo , 2010 16:08:

Buenas tardes Pau,

Estoy totalmente de acuerdo con Esmeralda, al ver hoy la noticia, me he indingando , ya que me da la impresion que el gobierno actual, va a intentar con cambios legislativos, que los trabadores de clase media, que no   pudimos optar a una vivienda en el momento subito de la economia, por ser razonables en cuanto a nuestra situacion economica y no querer hipotecarnos más de loque podemos, vamos a tener que sufragar las deudas de todos aquellos que si lo hicieron... como lo van a hacer ?? via Impuestos , ira mi parte de Irp a dotar algun fondo que se cree para potenciales pisos embargados y asi poder flexionar los embargos??

Me parece una inusticia social de este gobierno tan social y que mira por los ciudadanos! Si alguien se compro un piso endeudandose mas de sus posibilidades es su problema y si le embargan se lo debia haber pensado antes y haber pensado en la peor de sus situaciones posibles... asi lo hice yo y a dia de hoy no tengo piso pero tampoco deuda posible de embargo...

gracias y perdona mi enfado pero me parece algo muy injusto para todos nosotros

# Jesús Ha opinado el 24 marzo , 2010 17:10:

Me acabo de apuntar a una Cooperativa y he pagado una Entrada y unas cuotas hasta la entrega de la vivienda que será dentro de 2 años.

Cuándo se considera como Fecha de compra? La fecha en la que me he apuntado a la Coopertaiva o la Fecha en la que me la entreguen?

Gracias,

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 24 marzo , 2010 18:55:

Pablo, no te puedo asegurar nada, en principio si, pero tendremos que esperar a ver la Ley.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 24 marzo , 2010 18:56:

Igualmente Cristina y todos los demás!

Buena Semana Santa

# Pau A. Monserrat economista Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 24 marzo , 2010 19:00:

ana,

Como ya he dicho, no creo que el Gobierno llegue a hacer nada

Recomiendo este post de El Blog Salmon al respecto:

http://www.elblogsalmon.com/productos-financieros/fondo-de-garantia-hipotecaria-otra-barbaridad-mas

# Juan Ha opinado el 25 marzo , 2010 8:48:

Estoy pensando en comprarme vivienda este año por las deducciones fiscales pero la verdad es que tengo un año complicado.

Mi situacion es la siguiente, vivo en pareja

Yo tengo una base imponible en torno a 20.000 Euros y mi pareja sobre 12.000 Euros.

Mi pregunta es el año que viene puedo seguir disfrutando de las deducciones por vivienda o me aconsejas invertir este año.

Gracias y un saludo

# Roberto Zamora Ha opinado el 25 marzo , 2010 9:12:

Hola Pau.

Estoy pensando en comprarme una segunda vivienda, puesto que es una oferta bastante interesante, mi pareja y yo somos mayores de 36 años, ¿que beneficios fiscales o perjuicios fiscales podemos tener?

# Jose Luis Ha opinado el 25 marzo , 2010 9:24:

Durante el año 2010 voy a autopromoverme una vivienda, el contratoi con la constructora lo voy a formalizar antes de junio, logicamente con el 7%, ¿se me mantiene ese tipo de IVA durante todo el transcurso de la obra o cuando lo suban también me lo subiran a mí?, por otra parte, si ejecuto el final de obra antes de final de año y hago escritura de obra nueva terminada ¿podré desgravarme los años venideros el credito hipotecario o a partir del año 2010 perdere los derechos de desgravación por vivienda?

gracias

# sojavier Ha opinado el 25 marzo , 2010 9:58:

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 22 marzo , 2010 14:01:

sojavier,

Tu mismo te has respondido.

Si compras en el 2011 pagarás el IVA al 8% y si tu renta es superior a los 24.107 euros no podrás beneficiarte de deducción alguna.

lo cual me dices que si cobro menos de 24.107 euros si me puedo deducir ...cuanto....o renta que es....

que lio....explicamen bien esto de la vivienda

por favor

yo estoy a esperas de un juicio he pagaado hasta la entrada de mi casa y me queda el resto de hipoteca o me devuelven mi dinero y yo tendre que devolver a hacienda lo que me deducido por esa vivienda no...

# sojavier Ha opinado el 25 marzo , 2010 10:00:

OTRA PREGUNTA EL LUNES COMPRE TITULOS DEL BBVA (ACCIONES)FUE BUEN MOMENTO....

PERDERE DINERO...

GANARE...

# sojavier Ha opinado el 25 marzo , 2010 10:00:

OTRA PREGUNTA EL LUNES COMPRE TITULOS DEL BBVA (ACCIONES)FUE BUEN MOMENTO....

PERDERE DINERO...

GANARE...

# Javier B Ha opinado el 25 marzo , 2010 10:01:

Holo Pau.

Tengo una vivienda en propiedad desde Dic2003 por la q he tenido deducciones estos años. Ahora me voy a comprar otra al 50% con mi mujer q será mi vivienda habitual. No tengo intención de vender la otra.

¿Cómo me afectará a la deducción por vivienda?

¿Puedo deducir lo de la primera vivienda hasta la fecha en q cambie mi domicilio?

¿Podré deducirme algo por la nueva vivienda o sólo podrá hacerlo mi mujer al ser la primera vez q compra?

Muchas gracias.

# Julian Ha opinado el 25 marzo , 2010 10:34:

Buenas, mi mujer y yo, compramos un pisito que ya tenemos casi pagaga la hipoteca, y que hemos desgrabado todos estos años como viviendas habitual, ahora por necesidades de espacio, estamos pensando en comprar otra. ¿Esta vivienda la podré desgrabar sin tener vendida la actual? la nueva pasará a ser mi vivienda habitual.

Gracias.

# Jordi Ha opinado el 25 marzo , 2010 10:44:

Hola Pau,

antes de julio compraré una vivienda, por lo que me podré desgravar hasta 9015€ en la renta que haré en mayo de 2011.

Suponiendo una renta superior a los 24.107€, en los próximos años (2011,2012...) me podré desgravar las cuotas de la hipoteca?

# Vicente s. Ha opinado el 25 marzo , 2010 10:49:

Buenos días, Pau,

mi pregunta es la siguiente: si se compra la vivienda en 2.010 (y no en 2.011), ¿se tiene derecho a deduccción en todos los años sucesivos, tal y como venía siendo hasta ahora?

Un saludo y muchas gracias.

# Angel Ha opinado el 25 marzo , 2010 12:40:

Estimado Pau,

Soy propietario de una vivienda y conocí a a mi pareja que al igual que yo poseía una vivienda. Este año nos vamos a casar y estamos pensando en poner mi vivienda en alquiler e irnos a vivir a la suya. Al ponerla en alquiler supongo que perderé la desgravación fiscal. ¿Hay alguna forma de poder desgravrme de su hipoteca con pago conjunto sin hacer cambios de escrituras?

# INVERTIA Ha opinado el 25 marzo , 2010 14:44:

A partir de las 16,30 horas de hoy se cierra este consultorio de vivienda. Todos aquellos mensajes que se publiquen a partir de esa hora el EXPERTO los contestará en el consultorio que INVERTIA promueva de la mano de Pau Monserrat en las próximas semanas. Agradecemos a todos vuestra colaboración y participación.

Ramón Aragonés, coordinador del consultorio y Redactor Jefe de Invertia.

# INVERTIA aclaracion Ha opinado el 25 marzo , 2010 15:17:

Una aclaración: aquellas personas cuya pregunta aún no haya sido respondido o que deseen ver el resultado de las preguntas y respuestas de este consultorio puede verlo a partir de esta tarde en esta misma dirección

http://comunidad.terra.es/blogs/yoinvertio/archive/2010/03/18/preguntaanuestroexpertopaumonserratsihayquecomprarunpisoantesdeloscambiosfiscales.aspx

# flinflin Ha opinado el 25 marzo , 2010 15:20:

Dirección correcta:

http://comunidad.terra.es/blogs/yoinvertio/archive/2010/03/18/preguntaanuestroexpertopaumonserratsihayquecomprarunpisoantesdeloscambiosfiscales.aspx

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 25 marzo , 2010 18:08:

Jesús, la fecha de compra es cuando firmes ante notario, pero si lo preguntas a efectos de poderte deducir por deducción de vivienda habitual, dependerá de la redacción final de la ley, en principio puede parecer que si:

«Disposición transitoria decimoctava. Deducción por inversión en vivienda

habitual adquirida con anterioridad a 1 de enero de 2011.

1. Los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 17.724,90 euros

anuales que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de

enero de 2011 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la

construcción de la misma, tendrán como base máxima de deducción respecto

de dicha vivienda la establecida en el artículo 68.1.1º de esta Ley en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2010, aún cuando su base imponible

sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 25 marzo , 2010 18:12:

Juan,

Si te lees algunas de mis respuestas ya he contestado a la pregunta

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 25 marzo , 2010 18:13:

Roberto Zamora,

La fiscalidad de la segunda vivienda no cambia, puesto que no goza de deducción por adquisición.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 25 marzo , 2010 18:15:

José Luis,

En cuanto al IVA, no se te mantendrá el 7%. Cuando cambio este año al 8% pasarás a tener que tributar a este tipo.

En cuanto a la deducción más allá del 2010, en principio si podrás seguir deduciéndote por este concepto.

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 25 marzo , 2010 18:18:

sojavier, mira como se tributará en el 2011 según la renta:

Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros

anuales podrán deducirse el 7,5 por ciento (más la deducción autonómica) de las cantidades satisfechas en el

período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que

constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente. A estos

efectos, la rehabilitación deberá cumplir las condiciones que se establezcan

reglamentariamente

La base máxima de esta deducción será de:

a) cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales:

9.040 euros anuales,

b) cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20

euros anuales: 9.040 euros menos el resultado de multiplicar por 1,4125 la

diferencia entre la base imponible y 17.707,20 euros anuales

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 25 marzo , 2010 18:32:

Javier B,

Tu mujer puede deducirte el 50% de los gastos pagados en la base deducible.

Tu deberás atenerte a lo siguiente (y siempre que cambies efectivamente de vivienda habitual):

1ª Cuando se adquiera una vivienda habitual habiendo disfrutado de la deducción por adquisición de otras viviendas habituales anteriores, no se podrán practicar deducciones por la adquisición o rehabilitación de la nueva vivienda hasta que el importe invertido en ella exceda de las cantidades invertidas en las anteriores que hubieran gozado de deducción

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 25 marzo , 2010 18:32:

Jordi, si podrás seguir desgrávandote

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 25 marzo , 2010 18:33:

Vicente, si

«Disposición transitoria decimoctava. Deducción por inversión en vivienda

habitual adquirida con anterioridad a 1 de enero de 2011.

1. Los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 17.724,90 euros

anuales que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de

enero de 2011 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la

construcción de la misma, tendrán como base máxima de deducción respecto

de dicha vivienda la establecida en el artículo 68.1.1º de esta Ley

# Pau A. Monserrat experto Bakimia y Futur Finances Ha opinado el 25 marzo , 2010 18:35:

Angel,

Si no constas como propietario de la vivienda de tu pareja, no podrás deducirte nada.

Y si alquilas tu vivienda, deberás tributar en base a rendimientos del capital inmobiliario y no procede la deducción por adquisición.

# Pau A. Monserrat, economista Bankimia y Futur Finances Ha opinado el 01 abril , 2010 13:37:

Para los interesados en ampliar información, os aconsejo este artículo mío en Actibva:

http://www.actibva.com/blog/2010/03/31-deduccion-por-adquisicion-de-vivienda-habitual-presente-y-futuro

# Rosa Ha opinado el 24 mayo , 2010 10:17:

Mi situación es la siguiente:

Mi pareja tiene una cuenta vivienda que finalizó en el 2009 y un terreno a su nombre, queremos empezar a construir una casa este año que finalizará en el 2011 a nombre de los dos, cuanto tendremos que invertir en la casa este año para que no le quiten las deducciones fiscales? nos podremos beneficiar de ellas en futuros años?afecta en algo que la cuenta vivienda este solo a su nombre

# merche Ha opinado el 09 junio , 2010 17:43:

El año pasado me compre un piso y hasta dia de hoy estoy pagando las cuotas estipuladas pero hoy he recibido una carta del promotor diciendome que a partir del mes que viene sube el iva y por lo tanto las cuotas incluyendo la de la entrega de llaves. es legal que me puedan subir habiendo firmado ya el contrato compra venta con las cuotas anteriores? gracias

# sanima Ha opinado el 17 septiembre , 2010 9:02:

Iniciaré la construcción de una casa, vivienda habitual, el año 2001. Hasta ahora, he comprado la parcela, pagado escrituras; proyecto y estoy pendiente de obtener Licencia de Obras, porque hasta no tenerla, ningún banco me da hipoteca. Una vez que la consiga, iniciaré la construcción, que se prolongará hasta el año 2012, probablemente. Mi pregunta es si las cantidades de la hipoteca que abonaré en los próximos quince o veinte años podrán acogerse al actual régimen fiscal, es decir, si, constituyendo la hipoteca en 2010, podre desgravarla posteriormente, aun cuando cambie el régimen fiscal.

# Pedro Ha opinado el 25 septiembre , 2010 11:02:

Buenos dias señor Pau,

Mi mujer compró una vivienda antes de casarnos por la cual se desgrava, ahora yo quiero comprarme una vivienda en la misma ciudad pero a bastantes kilómetros porque por motivos laborales me viene mejor, empadronándome allí. De esta forma ella vivirá en una casa y yo en la otra, me puedo desgravar por esta vivienda comprada por mí antes de enero del 2011?

# Javier Ha opinado el 13 octubre , 2010 19:43:

Estimado Señor Pau,

Mi consulta es la siguiente, me faltan 4 años para terminar la hipoteca, de mi vivienda habitual, queremos quitarno la parte que nos queda aproximadamente 10.000€, fiscalmente en que me puede afectar.

Gracias de antemano.

Un saludo.

# flou Ha opinado el 14 octubre , 2010 2:09:

Tengo un duda acabo de comprar mi primera vivienda, quisiera pedir la ayuda de primera vivienda de mi comunidad, pero de momento no la voy avivir porque vivo con mi novio y pensamos casarnos, ¿seria probable alquilar en el futuro y declararl mi vivienda?. ¿Como me repercutiria a efectos fiscales? o que deberia hacer.

# Elecciones Electorales Ha opinado el 24 noviembre , 2010 21:51:

Quiero felicitarte por este gran blog, la verdad llegué a este por recomendación de una tía, pero créeme que he encontrado temas muy interesantes como este.

Un saludo.

# raquel Ha opinado el 16 diciembre , 2011 10:56:

EN EL EJERCICIO 2010, INVERTÍ EL DINERO DE LA CUENTA AHORRO VIVIENDA EN COMPRAR UNA PARCELA PARA HACERME LA VIV. HABITUAL.

IMPORTE CUENTA AHORRO VIVIENDA: 36.000€ COSTE PARCELA 60.000€.

EN EL EJERCICIO 2011 LE VENDÍ A MI PAREJA EL 50% DE LA PARCELA. ¿CUANDO TENGA QUE HACER LA DECLARACIÓN DE LA RENTA DEL EJERCICIO 2011 TENGO QUE DEVOLVER LA DEDUCCIÓN DEL 50% DE LA CUENTA AHORRO VIVIENDA + LOS INTERESES O DE LA TOTALIDAD DE LOS 36.000€, O COMO ME COSTÓ MÁS LA PARCELA DE LOS 36.000€ INVERTIDO?, COMO LO TENDRÍA QUE DECLARAR LA VENTA?. SALUDOS.

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